Ciberseguridad sin IVA.
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Editorial — PrimeDefence

Equipo de especialistas que trabajan en el desarrollo de PrimeDefence.

Ciberseguridad sin IVA

¿Sabías que invertir en ciberseguridad no solo protege tus datos, sino también tu bolsillo? Puede conseguir servicios de ciberseguridad sin IVA de manera fácil, legal y sencilla. 

En un mundo donde la digitalización avanza a pasos agigantados, la seguridad de la información se ha convertido en una prioridad para empresas de todos los tamaños. A todo este interés de la ciberseguridad hay que añadirle los cada vez más beneficios fiscales que pueden obtenerse al invertir en servicios y productos de ciberseguridad. 

Las inversiones en ciberseguridad sin IVA, como los pentest, auditorías de sistemas y redes, antivirus corporativos, entre otros, no solo fortalecen tus defensas contra ciberataques, sino que también pueden ofrecerte ventajas fiscales significativas. 

¿Cómo es eso posible? 

Bajo ciertas regulaciones fiscales, los gastos realizados en ciberseguridad pueden considerarse deducibles en el impuesto de sociedades. Esto significa que estás invirtiendo en la protección de tu empresa y la confianza de tus clientes, y que estás obteniendo beneficios tangibles para reducir tu carga impositiva. Así conseguimos la ciberseguridad sin IVA.

La importancia de la ciberseguridad en una empresa.

Es indiscutible que hoy en día es absolutamente impensable que empresas que tengan un gran volumen de datos en sus sistemas no brinden la seguridad adecuada a sus clientes. Cada vez más las regulaciones legales son más exigentes y controlan los flujos de información de la que las empresas son responsables. Además, las regulaciones fiscales en muchos países permiten la deducción de los gastos en ciberseguridad, como pentests, auditorías de sistemas y redes, antivirus corporativos, entre otros, en el impuesto de sociedades. Por lo tanto, estas inversiones no solo fortalecen las defensas contra ciberataques, sino que también reducen la carga impositiva de las empresas. 

Ventajas fiscales: ciberseguridad sin IVA.

Por todo esto no solo debemos hablar de las facilidades fiscales que tienen estas inversiones, si no que los beneficios también son palpables en un aspecto hoy día imprescindible para brindar servicios de alta calidad. 

Al priorizar la ciberseguridad, estás fortaleciendo la resiliencia de tu empresa ante posibles brechas de seguridad que podrían resultar en costosas pérdidas económicas y un perjuicio a la reputación. En otras palabras, invertir en ciberseguridad no solo es una medida proactiva, sino también una decisión inteligente desde el punto de vista económico. 

 

Priorizar la ciberseguridad no solo protege los activos y la reputación de una empresa, sino que también puede prevenir costosos daños financieros asociados con brechas de seguridad. Es una estrategia inteligente desde el punto de vista financiero y una muestra de responsabilidad corporativa. 

 

La inversión del sujeto pasivo es un mecanismo de tributación en el IVA que implica un cambio en la obligación de liquidar el impuesto, trasladándola del prestador del servicio al destinatario del mismo. Este mecanismo se activa en determinadas operaciones, como las realizadas entre empresas cuando el destinatario es un empresario o profesional actuando como tal, y el prestador está establecido en un territorio distinto al del destinatario del servicio. En el contexto de empresas que compran servicios a empresas canarias, este mecanismo cobra especial relevancia debido al régimen fiscal especial de Canarias, que no aplica el IVA sino el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario).

Cuando una empresa peninsular adquiere servicios de ciberseguridad de una empresa canaria, se aplica la inversión del sujeto pasivo. Esto significa que la empresa peninsular, y no la canaria, es la responsable de liquidar el IVA correspondiente a dichos servicios. La operación se consideraría exenta en Canarias al no estar sujeta al IGIC, pero el destinatario peninsular debe autoliquidar el IVA a través de su declaración periódica, aplicando el tipo impositivo que corresponda según la legislación vigente en la Península.

Este mecanismo tiene implicaciones importantes para la ciberseguridad sin IVA. Al tratarse de servicios prestados desde Canarias, no se genera IGIC, y la inversión del sujeto pasivo permite que las empresas peninsulares gestionen el IVA directamente, favoreciendo una optimización fiscal en la adquisición de servicios esenciales como la ciberseguridad. Esto representa una ventaja competitiva para las empresas que invierten en proteger sus sistemas de información, ya que pueden acceder a servicios de ciberseguridad de alta calidad sin la carga inmediata del IVA, gestionando el impuesto de manera diferida y conforme a su flujo de caja.

 

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